… Estarán sujetas al pago quienes extraigan del suelo y subsuelo materiales que constituyan depósitos de igual o semejante naturaleza a los componentes del terreno
… Se invita a los contribuyentes a estar al día con sus obligaciones fiscales
Son sujetos del pago de este impuesto las personas físicas y morales o unidades económicas que dentro del territorio del Estado de Campeche extraigan del suelo y subsuelo, materiales. Conozcamos un poco más de este impuesto.
1.- ¿Qué es el Impuesto Sobre la Extracción de Materiales?
Es objeto de este impuesto la extracción del suelo y subsuelo de materiales que constituyan depósitos de igual naturaleza a los componentes de los terrenos, tales como: rocas, piedras, sustrato o capa fértil.
2.- ¿En base a qué se debe pagar?
La base para el cálculo de este impuesto será el volumen de metros cúbicos de material extraído.
3.- ¿Cuál es la tasa de este impuesto?
El impuesto se causará por cada metro cúbico que se extraiga de los materiales objeto de la contribución con una tarifa de 0 .14 veces el salario mínimo general diario vigente para el Estado de Campeche.
4.- ¿Cuándo se paga?
El pago del impuesto tiene el carácter de pago definitivo y deberá efectuarse a más tardar el día veinte del mes siguiente a aquel en que se causó el impuesto, mediante los formularios.
5.- ¿Dónde se realiza el pago?
En las Oficinas Recaudadoras y de Servicios al Contribuyente, ubicadas en esta ciudad y en las Cabeceras Municipales, así como los puntos de cobro, exceptuando los Contribumáticos.
“Amigo contribuyente, te invitamos a estar al día con tus obligaciones fiscales”. Vigencia hasta el 15 de diciembre del 2023.
Fuente: LEY DE HACIENDA DEL ESTADO DE CAMPECHE
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